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miércoles, 17 de febrero de 2016

Régimen urbanístico de la propiedad

El derecho de la ordenación del territorio puede resultar complejo para quien no se ha dedicado a su estudio detallado. Nuestros consultores, abogados expertos en derecho administrativo, están especializados en urbanismo y pueden ofrecerle todo el asesoramiento que necesita. Visite nuestro céntrico despacho en Zaragoza y le explicamos cuestiones como las siguientes.

¿Qué es un plan urbanístico? Es un instrumento de ordenación integral de uno o varios términos municipales. Sus funciones consisten en determinar las situaciones básicas del suelo y establecer la estructura general de la ordenación urbanística. Identifica los núcleos de población y las infraestructuras (servicios que permiten la urbanización) Es una norma jurídica que, además, debe publicarse.

¿Qué tipos de suelo existen?
Suelo urbanizado: cabe reformarlo y renovar los ámbitos degradados.
Suelo rural urbanizable delimitado: plazos y condiciones de la urbanización.
Suelo rural urbanizable no delimitado: delimitación de los sectores y desarrollo por el Plan Parcial.
Suelo rural preservado: régimen de protección , actuaciones y usos previstos.

¿Para qué sirven las normas subsidiarias municipales? Estas normas limitan el suelo urbano, sin ninguna especificación. Son planes muy ligeros. Es una especie de Plan General reducido (porque a algunos municipios les queda grande).

¿Qué son los Proyectos de delimitación del suelo urbano? No forman parte del planeamiento urbanístico, pero son actos administrativos, carácter reglado (no discrecional).

¿Y los Planes de sectorización? Sirven para regular la incorporación del suelo rural urbanizable al proceso urbanizador. Son planes de ordenación de actuaciones urbanísticas.

¿Y los Planes parciales? Desarrollan el planeamiento general y sirven como complemento del Plan General.

¿Y los Convenios urbanísticos? Son contratos administrativos especiales.Hay indemnización si no se cumple el convenio (responsabilidad contractual).

¿Y el Régimen de fuera de ordenación? Sirve para solucionar el problema de los edificios existentes antes de la aprobación del Plan, que resulten disconformes respecto a los derechos preexistentes. Hay que compatibilizar la necesaria ejecución del Plan con lo que ya estaba edificado.

Si le suenan todos estos términos, es probable que necesite saber más. Póngase en contacto con nuestros consultores en Zaragoza, sin ningún compromiso, le atenderemos.

lunes, 4 de enero de 2016

Propiedad urbanística del suelo en Aragón

Propiedad urbanística del suelo en Aragón
En la legislación urbanística aragonesa se comienza proclamando que el derecho de propiedad del suelo comprende el derecho y el deber de edificar, especificándose que el derecho a edificar comprende los aprovechamientos urbanísticos en superficie y los funcionalmente vinculados en el subsuelo.

No toda propiedad permite la edificación, puesto que las facultades del derecho de propiedad del suelo se ejercen conforme al estado, clasificación, características objetivas y destino que tenga en cada momento. Ello determina que el derecho a edificar se niegue por la legislación urbanística en el suelo no edificable.

El edificable y el urbano, por su parte, son las clases de suelo legalmente destinadas a la edificación, con el importante requisito de que el terreno merezca la consideración de solar, supuesto cuya realización precisa:
  • En suelo urbanizable y urbano no consolidado, de la aprobación del planeamiento de detalle y de la transformación de los terrenos mediante la urbanización o reurbanización.
  • Y en el suelo urbano consolidado, de las obras de urbanización complementarias que resulten precisas.
No obstante en determinadas condiciones, se permiten directamente construcciones industriales y obras de carácter provisional.

martes, 1 de diciembre de 2015

La evaluación de impacto ambiental en Aragón

La evaluación de impacto ambiental en AragónEl procedimiento de evaluación de impacto ambiental se desarrolla como un procedimiento subordinado dentro del procedimiento principal, es decir, el relativo a la autorización del proyecto. Se inicia con las consultas previas del promotor al INAGA a fin de que éste le facilite la documentación disponible.

A continuación, el mismo promotor elabora el estudio de impacto ambiental y presenta el proyecto ante el órgano sustantivo o técnico, que es el competente por razón de la materia y al que corresponde abrir los trámites de información pública y de solicitud de los informes pertinentes.

Completados los expedientes principal y subordinado, ¿qué tiene que hacer el órgano sustantivo? Remitirlos al INAGA para que adopte la declaración de impacto ambiental, donde se indica la compatibilidad del proyecto con la tutela del medio ambiente y en su caso los condicionantes necesarios para el desarrollo de la actividad.

¿Qué determinaría una formal oposición del órgano sustantivo al contenido de la declaración de impacto ambiental? La competencia del Gobierno de Aragón para resolver las discrepancias. No obstante, la resolución definitiva sobre el proyecto se adoptará por el órgano sustantivo incluyendo tanto los condicionantes ambientales como los pertinentes desde el punto de vista de la actividad material.

jueves, 15 de octubre de 2015

Suelo rural urbanizable

Suelo rural urbanizable
El suelo rural urbanizable es el suelo en el que van a poder desarrollarse las actuaciones de nueva urbanización. Se considera como tales tanto los terrenos que se encuentren consolidados por la edificación pero no cuenten con los servicios y dotaciones exigidos para ser suelo urbanizado, como los terreros del suelo urbano que carezcan de edificación, servicios y dotaciones.

Para desarrollar el suelo rural urbanizable, se llevan a cabo actuaciones de transformación urbanística. El objetivo es crear parcelas aptas para la edificación o uso independiente, conectadas con la red de los servicios exigidos, infraestructuras y dotaciones públicas ya mencionadas. En definitiva, se trata de convertir un solar en suelo urbanizado.

Con el fin de definir la manera de urbanizar el solar, es muy importante distinguir entre la categoría de suelo delimitado y no delimitado. Aquí, la distinción radica en si el planteamiento ha establecido o no el ámbito territorial en el que pueda producirse la urbanización de los terrenos, ya que, antes de la delimitación, no están identificados los propietarios que deben costear la urbanización.

Dadas las dificultades de comprensión del derecho urbanístico, es muy recomendable contactar siempre con un abogado especialista en urbanismo antes de emprender cualquier tipo de obras. Visite nuestra consultoría en Zaragoza y le ofreceremos el mejor asesoramiento.

miércoles, 16 de septiembre de 2015

Licencia de actividades clasificadas

Licencia de actividades clasificadas
La licencia de actividades clasificadas tiene su origen en las relaciones de vecindad, para delimitar qué actuaciones son prohibitivas o indemnizatorias para resolver los conflictos que puedan surgir. Más allá de la protección individual, la identificación de molestias, incomodidades o perjuicios que puedan afectar a colectivos muy amplios han determinado la aparición de técnicas administrativas de intervención, y un régimen sancionador propio.

Con carácter previo al inicio de las obras, debe solicitarse la licencia. Nuestros consultores se encargan de tramitar ante la Administración pública los expedientes necesarios para solicitarla. La solicitud irá acompañada de un proyecto técnico y una memoria descriptiva de las características de la actividad, su repercusión sobre la sanidad ambiental y los sistemas correctores previstos.

Una vez obtenida la licencia y finalizadas las obras, la actividad sólo podrá empezarse a realizar cuando haya una comprobación técnica que garantice la observancia de los requisitos establecidos en la licencia para el ejercicio de la actividad. Si no se cumplen los requisitos, se dará un plazo para corregir las deficiencias, y en su defecto, se impondrá una multa, que puede acabar con la clausura y cierre de la actividad si se acumulan varias.

Nuestra asesoría en Zaragoza se encarga de todos los trámites con la Administración para obtener la licencia y le orientará sobre la mejor manera de iniciar su actividad. No lo dude, contáctenos.

domingo, 16 de agosto de 2015

Responsabilidad de la Administración

Responsabilidad de la Administración
La Administración Pública tiene la obligación de indemnizar aquellos daños que sufre una persona como consecuencia de una actuación de la Administración. Por ejemplo, los daños producidos por negligencias médicas, o por accidentes causados por el mal estado de los semáforos. Para reclamar contra ella, hay que distinguir cuándo los daños se producen por la Administración como institución o como personal que presta sus servicios a ella.

En el primer caso, el recurso de plantea contra la Administración. Cuando se obtiene la resolución, si no se está conforme, se puede volver a recurrir en reposición o por la vía contencioso administrativa o judicial. En el segundo caso, la Administración indemniza a los perjudicados por los daños provocados por su persona. Después, puede iniciar un nuevo procedimiento contra la persona que provocó los daños para exigirle la responsabilidad.

En cualquier caso, recurrir contra la Administración es una tediosa labor. Para ello existen despachos de abogados especializados en estos trámites, como el nuestro en Zaragoza, cuya labor es actuar en nombre del interesado. Si necesita asesoramiento y representación legal, no dude en visitarnos, años de experiencia avalan la profesionalidad de nuestros abogados, que se ocuparan de su caso con la mayor dedicación.

miércoles, 15 de julio de 2015

El recurso de alzada

El recurso de alzada
Si se ha visto envuelto en un proceso administrativo, como por ejemplo una deuda con la Administración, o una multa de tráfico, y cree que la resolución en su contra se ha dictado injustamente, existe la opción de recurrir ante la jurisdicción: es el recurso de alzada.

¿De qué sirve este recurso? Se trata de pedir al órgano que dictó la resolución, o a un órgano de categoría superior, que estudie nuevamente el caso y lo revise, para mostrar su conformidad o disconformidad con el mismo. Lo que hacemos aquí es acudir a la vía administrativa para recurrir, en vez de acudir directamente a la vía judicial, que es más larga y difícil. Si la nueva resolución es a nuestro favor, nos ahorraremos mucho tiempo y costes.

¿Cuándo se puede interponer el recurso de alzada? Lo usaremos para recurrir actos que nos produzcan indefensión o perjuicios irreparables a nuestros derechos e intereses legítimos. Cualquier problema con un organismo público y administrativo se puede resolver de esta manera. Es muy importante conocer los plazos, ya que si el acto es expreso, tendremos sólo un mes para recurrir y, sino, tres meses.

Finalmente, se resolverá nuestra petición. Si es en nuestra contra, estudiaremos la posibilidad de interponer el recurso extraordinario de revisión (si existe algún error evidente en los documentos de nuestro expediente). Si no es posible, acudiremos entonces a la vía judicial. Como los plazos son muy ajustados, le recomendamos que se ponga en contacto cuanto antes con nuestros abogados para que tomen cartas en el asunto. Los abogados de nuestra consultora en Zaragoza negociarán en su nombre con la mayor profesionalidad.



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